PUBLICACIONES DIARIO OFICIAL
Publicaciones Diario Oficial
Se publica cada 7 días los estímulos fiscales a los enajenantes de combustibles, gasolina (premium y magna) y diésel.
9 de septiembre
Se da a conocer el listado de Prestadores de Servicios Digitales inscritos en el RFC en los términos de la LIVA.
10 de septiembre
Se pública la SEGUNDA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, en los mismos términos que comentamos en nuestros PUNTOS RELEVANTES anteriores.
En la página del SAT se publicó el 6 de septiembre un tercer listado de grandes contribuyentes en materia de la tasa efectiva de impuestos, es importante, comentar, que no todas las empresas tienen los mismos costos y gastos, es recomendable que si alguno de ustedes por su actividad, se encuentra en ese listado, revisen su situación fiscal para evitar futuros problemas con el fisco federal.
Por otra parte, en dicha pagina se publica el proyecto de la TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021, actualizada al 29 de septiembre de 2021, mediante el cual se establece que en materia de los contribuyentes que transportan mercancía, el uso del complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2021, anteriormente la fecha era 1 de junio de 2021
Adicionalmente, se establecen los requisitos que deben contener las representaciones impresas de CFDI, siendo entre otros, los siguientes:
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Código de barras
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Número de serie de CSD del emisor y del SAT
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La leyenda “Este documento es una representación impresa de un CFDI”
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Fecha y hora de emisión y de certificado del CFDI.
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Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.
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En materia de retenciones:
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Datos del contribuyente
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El código de barras
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Por otra parte, se señalan requisitos para los CFDI en el caso de transporte de mercancías, agentes de transporte o intermediarios, traslado local de bienes o mercancías, paquetería o mensajería, traslado de fondos y valores a nivel local, servicio de grúas y arrastre, transporte o distribución de hidrocarburos o petrolíferos a nivel local y transporte consolidado de mercancías. Al respecto si necesitan más detalles de algún tipo de emisión de CFDI, con gusto les aclaramos sus dudas.
Por último, en lo concerniente a los contribuyentes que emitan o adquieran directamente o a través de un intermediario CFDI en operaciones inexistentes o simuladas, por cierto, práctica no sugerida ni aprobada por nosotros, al 30 de septiembre del 2021, el número de contribuyentes es el siguiente:
Personas morales y físicas que definitivamente no tienen efectos fiscales sus CFDI 10,827
Personas morales y físicas que presuntivamente no tienen efectos fiscales sus CFDI 523
Personas morales y físicas que desvirtuaron los hechos 303
Personas morales y físicas con sentencia favorable 977
Atentamente
Zinra Contadores Público, S.C.

